Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano SÁNCHEZ HERNÁNDEZ RICHARD ANTONIO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 10.668.732, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA, ADMINISTRATIVA Y DEL TRANSITO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO.
No se condena en costas a la parte accionante, por la naturaleza de la acción.
Publíquese, regístrese, déjese copia del presente fallo.