Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, por haber operado la caducidad, el recurso de invalidación presentado por el abogado FELIPE BELOV, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 9.058, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INTERBANK SEGUROS, S.A.,, contra el ciudadano JUAN MARCO BRACCHIERI PETRICONE, contra denominada actualmente SEGUROS BANINTER, S.A., todos plenamente identificados.
Por la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.