III
Este Tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, presentada por la ciudadana ARALYS MARIBEL PADILLA MEDINA, antes identificada, y ORDENA la Rectificación del Acta de Defunción signada con el Nº 176, Tomo X, del año 2011, asentada en los Libros de Defunciones llevados por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua; por lo que donde se lee "Quien era venezolano, natural de Maracay Estado Aragua, y tenia 43 años de edad cedula de identidad Nº 7.266.856, soltero, Funcionario Policial, con domicilio en Barrio Libertad, Calle San José, Nº 12, Maracay" debe leerse: "Quien era venezolano, natural de Maracay Estado Aragua, y tenia 43 años de edad cedula de identidad Nº 7.266.856, casado, Funcionario Policial, con do.....