Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- RATIFICA SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana ROSÁNGELA PÉREZ SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 6.914.441, debidamente asistida por el abogado Carlos Alberto Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 8.067, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, a través de la DEFENSA PÚBLICA.
2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta, en consecuencia:
2.1 Se mantiene firme con todo su efecto jurídico el acto administrativo impugnado Nº DDPG-2010-0258, que acordó su remoción al cargo de Defensora Pública Provisoria Tercera (3ra) con competencia en materia Penal Ordinaria, adscrita a la Unidad Re.....