este Tribunal del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana: YAJAIRA FRANCISCA RODRÍGUEZ SEGOVIA, venezolana, soltera, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.364.488. SEGUNDO: Se ordena remitir copia certificada de la solicitud y de la presente decisión, al Ciudadano Registrador Civil del Municipio Autónomo San Casimiro, Estado Aragua, así como al Registrador Principal de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines de que estampe la debida NOTA MARGINAL, conforme a lo establecido en el artículo 502 del Código Civil, en la partida de nacimiento, anotada bajo el N° 253, folio 127 fte., del año 1953, de fecha 19 de octubre de 1953, donde dice: MARÍA MELQUIADES SEGOBIA, deberá decir: MARÍA ME.....