VI. DISPOSITIVA.
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Coordinación laboral, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Canceladas las prestaciones sociales, demandadas en la presente causa al ciudadano FLORENTINO SÁNCHEZ GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-537.691 y de este domicilio por la JUNTA DE CONDOMINIO CANTA CLARO PLAZA, DEL CONJUNTO RESIDENCIAL CANTA CLARO PLAZA Y EL CONJUNTO RESIDENCIAL CANTACLARO PLAZA, en consecuencia cumplida la finalidad del proceso.
SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente.
TERCERO: Se ordena mediante oficio, su remisión a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Coordinación Laboral a los fines de su archivo definitivo.