Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
1) Admite el recurso de apelación interpuesto por el abogado Javier Iranzo Heinz, en su carácter de defensor privado del ciudadano José Pacheco, de conformidad con lo establecido en el artículo 447.5 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 16 de marzo de 2011, por el Juzgado Cuadragésimo Octavo (48º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el cual declaró inadmisible la excepción opuesta por la defensa Técnica, de conformidad con lo establecido en el artículo 28, numeral 4, literal "C" del .....