Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE los recursos de apelación interpuestos, el primero por el ciudadano PABLO SEIJAS, Defensor Público Septuagésimo Sexto (76º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensor del ciudadano YESARET GRANDA BARRETO, y el segundo por la ciudadana LILLEIRA CASTELLANOS CASTILLO, Defensora Pública Centésima Décima Tercera (113ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, defensora del ciudadano GILBERTO JESÚS GRANDA BARRETO, ambos, con fundamento en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 14 de abril de 2015 por el Juzgado Cuadragésimo Noveno (49º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Cara.....