En este estado el Tribunal, vista la exposición del apoderado judicial de la parte actora y de conformidad con lo previsto en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, y estando el bien inmueble libre personas y bienes muebles hace al ejecutante la entrega material, real y efectiva del bien inmueble que se describe a continuación: Calle Nadal, N°1, de la población de Santa Cruz de Aragua, Municipio José Ángel Lamas, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Solar y casa del Gobierno del mismo Municipio; SUR: Calle publica en medio, con casa que es o fue de la Sucesión de Inocencio Hernández. ESTE: Calle publica en medio, con casa y solar que es o fue de Emperatriz Andrea y OESTE: Casa que es o fue de los herederos de Gregorio Cobos, todo con un área aproximada de Seiscientos noventa y cuatro metros cuadrados (694,00 Mts.2), y lo pone en posesión del ejecutante. En este estado, siendo las 2:25 de la tarde, estando presente el ejecutante expone: "Recibo en este acto en nombr.....