En mérito de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE la querella interpuesta por los ABGS. FRANCISCO JAVIER VIVAS LÓPEZ y WILMER JOSÉ COVA BELLAVILLE, respectivamente, en su carácter de apoderados del ciudadano: JOSÉ FRANCISCO RODRÍGUEZ PRESILLA, en contra de la ciudadana: SILVIA VANESSA ZORRILLA DE SALVO, por la presunta comisión de los delitos de Falsificación de Documento Privado, Uso de Documento Falso y Falsificación de Documento como Medio de Prueba, previstos y sancionados en los artículos 321, 322 y 323 del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 292, 293, 294, 295 y 296 del Código Orgánico Procesal Penal, respectivamente; en consecuencia, se insta al Fiscal del Ministerio Público que en definitiva le corresponda su tramitación y .....