Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo impugnado, formulada por la abogada Beatriz Cárdenas Arenas, en su carácter de apoderado judicial por la sociedad mercantil mercantil ENVASES VENEZOLANOS, S.A., ya identificada, contra la contra el acto administrativo contenido en la providencia N° PA-US-ARA-0011-2012, de fecha 20 de marzo de 2012, por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (Diresat-Aragua), del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), mediante la cual, se sancionó a la sociedad mercantil antes indicada, con multa por la cantidad de Bs. 2.593.350,00.