este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la ciudadana Solmary Cogollo Martínez, titular de la Cedula de Identidad Nro. 15.253.272, asistida por la abogado Elizabeth Palma, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.029, contra el Acto Administrativo referido a la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nro. 00774-14, de fecha 22 de septiembre de 2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua, con sede en Maracay, correspondiente al procedimiento signado con el Nº 043-2013-01-05458 (Nomenclatura de la Inspectoría) vista la solicitud de Reenganche y pago.....