Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la solicitante y evacuadas por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Único y Universal Heredero, del fallecido, ciudadano JHOJAN ARISTIDES GARCÍA FERRAIS, quien fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.050.936, a la ciudadana MIRIAN ARACELIS FERRAIS ALE, venezolana, mayor de edad, soltera, y titular de la cédula de identidad Nro V- 8.583.694.