En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el reconocimiento de contenido y firma solicitado el ciudadano el ciudadano LUIGI CIMAROLI, identificado con la cedula de identidad N° V-7.205.521, Contra el ciudadano JOAO DE SOUSA TEXEIRA, identificado con la cedula de identidad N° V-6.479.445, se inició con demanda, admitida por auto de fecha 04 de Junio de 2025 bajo el expediente N° T1M-M-17.203-25, Y ASÍ SE DECIDE.