DECISION
Por todos lo razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, constituido unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley conforme a lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal declara PRIMERO: CULPABLE al ciudadano CARLOS ALBERTO ASTUDILLO CHACON titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.249.449 y lo CONDENA a cumplir la pena de Catorce (14) años y Ocho (8) meses de presidio, por la comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor en grado de coautoria, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, con aplicación de las agravantes previstas en los cardinales 1, 2, 3 y 10 del artículo 6 ejusdem, en relación con el artículo 83 del Código Penal, Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el artí.....