INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL AUTÓNOMA intentada por el ciudadano ANTONIO CLARET GAMBOA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.000.579; inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 71.326; actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil: PURIFICADORES CARACAS, C.A.; originalmente inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20 de septiembre de 1976, N° 53; Tomo: 100-A; y actualmente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el N° 45, Tomo 63-A, en fecha 06 de diciembre de 2005; contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO SUCRE, URDANETA, SAN SEBASTIÁN, ZAMORA, JOSÉ ÁNGEL LAMAS, SAN CASIMIRO Y CAMATAGUA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CAGUA, ESTADO ARAGUA. Y así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al cuad.....