Por lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras de conservar el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional; declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentando por la por por la ciudadana JOHANNA KARINA PEREZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N°V-14.881.088 debidamente asistida por la abogada VANESSA PANTOJA ALVAREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 139.299, y por la otra parte la entidad de trabajo HOTEL LOS LEONES, C.A, representada por su apoderada judicial abogada ELIZABETH PALMA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 70.029.
SEGUNDO: Se otorga el carácter de Cosa Juzgada, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Tra.....