ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Publico de conformidad con lo establecido en el Artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, en la Causa seguida a el Acusado DAYAN HARON MORALES MENESES, de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido en fecha 31-10-1979, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio taxista, titular de la Cedula de Identidad Nº V-14.481.259, residenciado en Calle Principal El Trigo, Callejón Páez, Casa Nº 15, Los Teques Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO Y ROBO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre Hurto y Vehículo Automotor. Se emplaza a la partes para que en el lapso legal establecido concurran ante el Juez de Juicio correspondiente. Se ordena al Secretario remitir la presente Causa a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a los fines de ser distri.....