PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 17 de Junio del año 2016, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión apelada bajo la motivación de esta Alzada y en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, siguen los ciudadanos JESUS REQUENA MALDONADO, OSCAR JOSE VIRGUEZ CASTILLO y CESAR JOSE AGUILAR AGUILAR, titulares de las cedulas de Identidad Nros. V-20.817.449, V-16.111.779 y V-16.436.726, respectivamente, contra Entidad de Trabajo SERENOS LOS ANDES C.A.; más lo que resulte de la experticia complementaria de fallo, ordenada en la motiva de la presente decisión. CUARTO: No se condena a costas dada la naturaleza de la presente decisión.