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DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA - SEDE LA VICTORIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano MARCOS ANTONIO ROJAS MARRERO, titular de la cédula de identidad Nº 17.043.377, asistido por el abogado Guillermo Ramón Acosta Dubron, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 156.896, contra la Providencia Administrativa N° 00241-16, de fecha 03 de octubre de 2016, dictada por Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua sede Cagua del estado Aragua, en el expediente N° 009-2016-01-01755 (nomenclatura del órgano administrativo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza no patrimonial de la presente acción.
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