éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: JACQUELINE CORALIA DIAZ, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.293.317, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno de propiedad del Municipal con una extensión de terreno que mide: CIENTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (135.00 mts2), ubicado en Urbanización Amanda Roye Calle Guayabal Nro.3 Parroquia Villa de Cura Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: Con 9.00 Mts. Con vereda 2. SUR: En 9.00 Mts. con calle Guayabal que es su frente. ESTE: en 15.00 Mts. Con casa que es o fue de Marco Saturno. OESTE: 15.00 Mts con casa que es o fue de Mariangel Viscaino, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase