Oídas las exposiciones de las partes y revisadas las actuaciones que conforman la presente causa N° 2C-37.969-20, este Tribunal Segundo en función de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la nulidad de las actuaciones realizadas por los funcionarios policiales en virtud de la violación de los articulo 127, 175, 179 y 180 del código orgánico procesal penal así como los 44 y 49 de la Constitución bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se acuerda LIBERTAD PLENA a favor del ciudadano ALFREDO ANTONIO GUTIERREZ GOMEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-8.817.867, y su libertad inmediata desde esta sala. Líbrense Oficios y Boletas. Es todoLíbrense Boleta. Las partes presentes quedan notificadas