Seguidamente, este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora con sede en San Francisco de Asís de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LEGALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el bien mueble antes señalado y justipreciado por el perito Avaluador designado y juramentado, hasta por la Cantidad de: DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (10.000.000,oo Bs.), se declara la desposesión jurídica del referido bien mueble y se le hace formal entrega del mismo, al representante legal de la Depositaria Judicial designada y juramentada en este acto, quien lo recibe conforme y en regular estado de conservación para su representada y se compromete a mantenerlo y conservarlo como un buen padre de familia y a la orden del Tribunal de la Causa, en el mismo lugar donde reacuerda regresar a su sede natural siendo las 1:30 PM. Terminó, se leyó y conforme firman:
LA JUEZA PROVISORA:
DRA. ROSA CLARÍN B. (FDO)
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