D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologada la Conciliación realizada por ante la Fiscalía Trigésima Octava (38) del Estado Aragua, entre los progenitores ciudadanos: YULFER MARIOLGA HERNÁNDEZ LIZARRAGA Y GERMAN EDUARDO RODRIGUEZ NUÑEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-26.511.659 y V-20.372.567 respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 365, 366, 367 y 518 de la
Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Exhortando al obligado de manutención plenamente identificado a cumplir de buena fe y responsablemente con el acuerdo contenido en la descrita acta. Igualmente se acuerda expedir copias certificadas del
original con sus resultas a la ciudadana Fiscal Provisoria de.....