Por los razonamientos anteriormente expuestos, este juzgado superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición planteada por estar hecha en forma y fundada en derecho; y por vía de consecuencia se aparta a la Dra. BELLA DAYANA SEVILLA JIMÉNEZ, en su carácter de juez titular del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de seguir conociendo del juicio que por ACCIÓN ESTIMATORIA sigue INVERSIONES SALRI 27 C.A. contra los ciudadanos AÍDA MARICHAL, CÉSAR SÁNCHEZ MARICHAL y SONIA SÁNCHEZ.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión, y en su oportunidad legal remítase el expediente al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
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