Se dictó Resolución mediante la cual se dio por consumado el desistimiento al procedimiento efectuado en el presente juicio en los términos expuestos en la diligencia suscrita por el ciudadano RUBEN MAESTRE WILLS, en fecha 31 de octubre de 2014, y de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, se declaró como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada el mencionado desistimiento.