Se ORDENA LA APREHENSIÓN, del ciudadano RAIMOND ANTONIO CASTILLA TORRES, natural de Maracay, nacido el día 21-09-1990, de 25 años de edad, soltero, profesión u oficio: comerciante, residenciado en: barrio Urbanización Rómulo Gallegos, frente a la Carpiera, calle 5, Nº 54-06, Cagua, Estado Aragua, teléfono: 0412-147.3253, titular de la cedula de identidad Nº 19.510.477, a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana: LEONEIDYS ROMINA RON LAZARO, de conformidad con lo establecido en el artículo 310.3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 2º, 26, 49 y 257, y del articulo 44, ordinal 1º todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.