Este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano OCHMAR JEREANMAR OCHA MARQUEZ, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de La Victoria, estado Aragua, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 11/06/1981, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado Barrio Bolívar, carretera Panamericana, casa Nº 49 de San Mateo, Municipio Bolívar, estado Aragua.
A cumplir la pena de ONCE (11) AñOS DE PRISION, por la comisión de los delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el tercer aparte del articulo 44 numeral 1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de La Mujer a una Vida Libre de Violencia. Ofíciese a la Coordinación Regional de Asuntos Penitenciarios con sede en el C.E.R.R.A Aragua.....