Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Segundo de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación, ejercido por NAUCELIN ROA, parte actora, asistida por el abogado CARLOS ROA I.P.S.A Nº 30.393, contra la decisión de fecha 09-04-2015, emanada del Juzgado 5° de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 09 de abril 2015, la cual declaro con lugar la demanda de nulidad del Acto administrativo de efectos particulares. SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado. TERCERO: No hay condenatoria en costas.