Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Bárbara y Aguasay de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la partición amistosa en los mismos términos y condiciones expuestas en el mencionado escrito por los solicitantes, ciudadanos: ROSANA YRENE MARTINEZ GAGLIARDI y JUAN HILARIO MARTINEZ GIOVANNETTI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros 14.424.990 y 15.510.370, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio Argenis Manuel Borrome Carrera, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro 17.721.189, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 170.778.