DISPOSITIVA
En virtud de las circunstancias antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL SECCION ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Condena a la ciudadana DISPOSITIVA: En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y vista la admisión de los hechos realizada por el acusado IDENTIDAD OMITIDA lo sanciona a cumplir la medida de SEIS (06) MESES LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo establecido en los artículos 620, y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de HURTO DE GANADO, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera Se acuerda remitir las actuaciones al Tribunal de Eje.....