INADMISIBLE la demanda intentada por la abogada en ejercicio MARICRIS GUTIÉRREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.836, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa KAYSON COMPANY VENEZUELA S.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 21 de Noviembre de 2.005, bajo el Nro. 69, Tomo 1216-A, en contra del ciudadano JOSÉ EUGENIO VIZCAINO QUIJADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.213.961 y de este domicilio, por ser contraria a disposiciones legales, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 643 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-