ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se admite la acusación así como también los medios probatorios, presentados por el Fiscal 18° del Ministerio Público del Estado Aragua Abg JOSE RAFAEL COLMENARES, en contra del acusado XXXXXXXXXXXXXXXX, venezolano, titular de la cedula de identidad N° XXXXXXXXXXXXXXXX de xX años, nacido en fecha XXXXXXXXXXXXXXXX, hijo de XXXXXXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXXXXXX, residenciado en: XXXXXXXXXXXXXXXX, por encontrarse incurso en la Presunta comisión del delito de VIOLACIÓN y CORRUPCIÓN DE NIÑOS, previsto y sancionado en los artículos 374 y 388 ambos del Código Pena. SEGUNDO: Se admite por ser necesarias y pertinente conforme a derecho los medios de prueba probatorios ofrecidos por el Ministerio Público, los cuales .....