Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales tiene incoada el Ciudadano JOSE RAFAEL MELENDEZ VASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.654.193 y CONDENA a las sociedades mercantiles MR CAB ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO, inscrita en el Registro Principal de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Nº 12, folios 55 al 61, protocolo Primero, Tomo Primero, de fecha 09 de Octubre de 2002, SERVICIO AUTOMOTRIZ V.V.S, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, bajo el Nº 76, Tomo 63-A, de fecha 05 de Noviembre de 2004, y COLOREAL REPAIR CENTER, C.A,.....