Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:: ÚNICO: SE ADMITE y SE DECLARA SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano Wilker Alfredo Hernández Bolívar, en su carácter de imputado debidamente asistido por el abogado Delvis Ramos, en contra de la de la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, abogada Erika García.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.