Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el apoderado judicial de la ciudadana LINA TOMASA RANGEL BARRAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula No. V- 3.936.939. SEGUNDO: CONFIRMADA, la decisión dictada por el juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante sentencia de fecha 30 de Octubre de 2007, donde el Juzgado a-quo, declaró SIN LUGAR la demanda iincoada por la ciudadana LINA TOMASA RANGEL BARRAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula No. V- 3.936.939, contra la ciudadana CELIS RENGIFO, venezolana, mayor de.....