Este Tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, presentada por el ciudadano ABDEL NASSER SAAB VILLALOBOS, antes identificado, y ORDENA en forma sumaria Rectificación del Acta de Matrimonio signada con el Nº 765, Tomo 6, año 1982, asentada en los Libros de Matrimonios llevados por la Prefectura José Antonio Páez del Municipio Girardot del Estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, por lo que donde dice "5.103.548" debe decir, "5.103.584". En consecuencia se ordena oficiar a la Prefectura José Antonio Páez del Municipio Girardot del Estado Aragua, a fin de que estampe la debida nota marginal correspondiente en el acta antes mencionada. De igual manera se ordena al Registro.....