PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ANA CASTILLO, en su carácter de defensora Pública auxiliar Cuarto de Responsabilidad Penal del Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en Audiencia Especial de presentación de Detenido, celebrada en fecha 07 de Enero de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en la cual entre otros pronunciamientos acordó: la Detención Judicial Preventiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 559, 581 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concatenado con lo previsto en el artículo en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 14.....