Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DEL PROCESO POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los abogados Marco Antonio Osorio Chirinos, Lubín Labrador Rondón y Marco Antonio Osorio Uzcátegui, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 14.742, 24.212 y 70.470, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la contribuyente "RAYO CENTER, C.A.", contra el Acto Administrativo contenido en el Acta de Comiso Nº GRTI-RCE-DF-07-C-001 y contra la Resolución de Multa Nº GRTI-RCE-DF-07-C-767 ambas de fecha 29 de noviembre de 2000, emanadas por la Gerencia Regional de tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)