DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
En virtud de lo anterior y ante el convencimiento presentado por la parte demandada, así como las normas antes descritas este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Girardot Y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, imparte su HOMOLOGACION dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al reconocimiento de contenido y firma del documento privado objeto del presente juicio, suscrito por la ciudadana MERCEDES ARACELIS ROJAS DE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.198.424, debidamente asistida por la Abogada ONALIUSKA HERNANDEZ, Inpreabogado Nº 262.433, y los ciudadanos: IND.....