En este estado, siendo las 12:30 de la tarde, el Tribunal, agotado como se encuentra el lapso concedido y vista la comisión conferida por el Juzgado de la causa, así como el principio constitucional a la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 26 de la Carta Magna que garantiza entre otros supuestos, la ejecución efectiva de las medidas preventivas y ejecutivas dictadas por los Tribunales de la República, procedió a Entregar Materialmente el inmueble constituido por un Galpón B-5, ubicado en la parcela 16-6 de la Zona Industrial La Providencia, Calle Las Américas, Avenida Intercomunal Maracay ¿Turmero, municipio Santiago Mariño del estado Aragua, con un área de 230 metros cuadrados aproximadamente con sus respectivas oficinas de dos niveles y tres baños, al Abogado Arnaldo Avendaño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.733, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, quien expuso: "En nombre de mi representado, recibo el inmueble antes descrito libre de .....