Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y en consecuencia, ordena al Director de la Oficina de Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, y al Registrador Principal del mismo Estado, hacer la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana FRANKI YAJAIRA PERNIA NOGUERA, antes identificada, llevada en el año 1969, y bajo el Nº 725, Tomo 01 A, a fin de que escriban correctamente su nombre, así donde esta asentado como: "FRANKY YAJAIRA", debe escribirse como: "FRANKI YAJAIRA". Devuélvanse los originales, y expídanse por Secretaria las copias certificadas de la solicitud y de esta sentencia que fuere menester a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades civiles c.....