Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora en contra de la decisión de fecha 19 de marzo de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JESÚS XAVIER BADRA VILLANUEVA, contra la sociedad mercantil SUPERMERCADO CASA VILLAS DE ARGAUA, C.A., y en consecuencia SE CONDENA, a la demandada, antes indicada a cancelar al demandante las cantidades determinadas en la motiva del presente fallo. TERCERO: Se acuerdan los salarios caídos, intereses generados por las .....