III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la parte actora, por consiguiente se declara SIN LUGAR el mismo.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una sus partes la Sentencia Interlocutoria de fecha ocho (08) de Agosto de dos mil tres (2003), dictada por el Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: Se condena en costas a la parte actora-recurrente por haber resultado totalmente vencida en el presente fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE.
Déjese copia certificada de esta decisión en el copiador correspondiente, según prev.....