III
DECISION
Por la motivación que antecede, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por divorcio abandono voluntario, incoada por el ciudadano: CESAR ENRIQUE CARRILLO SILVA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.235.753, en contra la ciudadana; JACINTA GIL MOSQUERA, Colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° E.-81.912.828, representado por la defensa ad-litem Abg. CARLOS MANUEL REYES KINSLER en ejercicio y de este domicilio inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 81.175, conforme a lo establecido en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil. .....