Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua declara:
Primero: SU INCOMPETENCIA para conocer y decidir sobre la presente demanda por Daños y Perjuicios, interpuesta por el ciudadano abogado Alfredo Pulvirenti Hernández, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 171.511, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Yoel Antonio Almeida Sojo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.120.781, contra el ciudadano Douglas Alexander Corobo Alvarado, titular de la cedula de identidad Nº 20.320.174, Ejercito Bolivariano de Venezuela y al ciudadano Jefe de Servicio de Transporte.
Segundo: DECLINA LA COMPETENCIA ante los Juzgados Nacionales de lo Contencioso Administrativo con sede en la Ciudad de Caracas – Distrito Capital.
Tercero: SE ORDENA REMITIR el presente expediente, una vez vencido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civ.....