Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 1° del Artículo 267, en concordancia con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en ocasión del juicio de DIVORCIO incoado por el ciudadano JUAN BAUTISTA HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 11.988.359 contra la ciudadana WENDIS CAROLINA CALDERA PADILLA, titular de la cedula de identidad N° 13.133.623, tramitada en el Expediente N° 49.926-2019.