, éste Tribunal Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Homologado el desistimiento y terminado el procedimiento. En consecuencia se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. Notifíquese a la Procuraduría General de la República remitiendo copia certificada de la presente decisión