El Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1) Declara que el penado SANCHEZ RICHAARD ENRIQUE, (identificado en autos) ha cumplido hasta la presente fecha dos (02) años, seis (06) meses y cinco (05) días, al descontar (-artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal-) el tiempo de pena cumplida de la pena definitiva impuesta, de cinco (05) años, resulta un quamtum de pena por cumplir, igual a dos (02) años, cinco (05) meses y veinticinco (25) días, pena que se cumple en forma definitiva el día 07 de diciembre de 2016 a las 12:00 de la noche. Así se declara.
Ordena notificar a la Fiscalía del Ministerio Público, penado de autos y defensa actuante. Se acuerda igualmente, remitir copia del presente auto al Centro Penitenciario de Aragua, para su conocimiento y fines legales pertinentes. Cúmplase.