"... Por cuanto se evidencia que la abogada MIRLA ARAUJO CABEZÓ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.703, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante Sociedad Mercantil MERCANTIL C.A, BANCO UNIVERSAL, en la desiste de la acción del presente procedimiento; de la revisión exhaustiva el tribunal verifica que la aludida abogada pose faculta expresa para ello, según poder conferido en fecha 21.08.2003, por ante la notaria publica Trigésima Séptima del Municipio Libertador del Distrito Capital inserto a los folios 10 al 15, del presente expediente; por lo que siendo así y cumplidos como han sido los requisitos de Ley, se le imparte la homologación al desistimiento efectuado en fecha 30.05.2017, dándose por consumado el acto y pasándose como en autoridad de cosa juzgada, y así se declara.
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos; éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL EST.....